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Gastos deducibles del impuesto sobre la renta
La empresa para la que laboro otorgará unas canastas navideñas a todos los empleados, vamos a comprar los productos para formas dichas canastas¿Debo pagar retribución complementaria por dicho gasto?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda DGII
8.3K Mensajes
hace 5 meses
Buenas tardes Devorah. Gracias por contactarnos.
En este caso no se considera una retribución complementaria. Constituye una deducción admitida para fines del impuesto sobre la renta, de acuerdo con el Artículo 287 del Código Tributario.
Para más detalles, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle.
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devorah_velazquez
2.3K Mensajes
hace 5 meses
Gracias.-
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TERUELGLOBAL
83 Mensajes
hace 5 meses
En la empresa que laboro realizamos lo mismo y llevamos todos los gastos al Codigo 01-GASTOS DE PERSONAL en el 606.
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