En la sección Herramientas, menú Consulta, seleccione la opción ITBIS. En la casilla Artículo a Consultar, ingrese el nombre del mismo y presione el botón Buscar.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
9.4K Mensajes
hace 8 meses
Buenos días Francisca. Gracias por contactarnos.
Siempre y cuando el bien no pase por algún proceso de transformación se encontrara exento de ITBIS; de acuerdo con la Ley 11-92, Art. 343.
Para consultar si un producto se encuentra exento del ITBIS, debe seguir estos pasos:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)
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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle.
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