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jue., 12 de mar. de 2020 20:04
Cerrado
EN LA REVALUACION DE INMUEBLES SEPAGA SOLO POR EL VALOR REVALUADO
Porque valor debo pagar para acogerme a la ley de REVALUACION PATRIMONIAL. Solo se paga por exceso que resulte de la revaluacion.
Pregunta
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Respuestas
Solución oficial
rr_595431
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hace 10 meses
Consideraciones Importantes
- El pago de este impuesto sólo surtirá efecto sobre las obligaciones tributarias generadas con anterioridad a la presente Ley. Por lo que, una vez incluidos los bienes en el patrimonio de las personas, estarán sujetos a las obligaciones tributarias ordinarias.
- En el caso de las revalorizaciones, el valor que resulte de dicho proceso solo surtirá efectos a futuro respecto a las obligaciones tributarias que puedan derivarse tanto de impuestos directos como indirectos.
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