1 Mensaje
DECLARACION JURADA ANUAL EN BANCA DE LOTERIA Y APUESTAS DEPORTIVAS
1. ¿Cuál será el impuesto a pagar para una persona física en la Declaración Jurada anual en el IR-1?, ¿Es compensatorio los impuestos declarados y pagados mensualmente en el ITM-1 & R-20)
2. ¿Cuál será el impuesto a pagar para una Compañía SRL en la Declaración Jurada anual en el IR-2?, ¿Es compensatorio los impuestos declarados y pagados mensualmente en el ITM-1 & R-20)
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
12.1K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes Anneris. Gracias por escribirnos.
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un impuesto que se aplica sobre todo ingreso, utilidad o beneficio obtenido, sea por Personas Físicas o Personas Jurídicas, en un período fiscal determinado.
En el Impuesto Sobre la Renta de Personas Físicas existen tasas progresivas que van desde un 15%, 20%, hasta un 25%, según la siguiente escala desde el año 2017 hasta la fecha; y la tasa del Impuesto Sobre la Renta que deben pagar las Personas Jurídicas es de un 27%.
En otro orden, le informamos que, actualmente la Ley no contempla un mecanismo de compensación entre impuestos de diferente naturaleza.
Le recomendamos canalizar su caso particular (impuesto a pagar) directamente ante el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Para realizar una cita para trámites presenciales en las administraciones locales que requieren citas, por favor verificar el procedimiento a través del siguiente enlace: https://cutt.ly/fnkb3wS
Es importante destacar que toda persona que necesite acudir al Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) o cualquiera de nuestras oficinas deberá respetar las medidas de distanciamiento físico. De igual forma, el uso de mascarillas es obligatorio para realizar cualquier tipo de trámite presencial.
Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle, Anneris.
0
0