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lun., 10 de jun. de 2019 19:52
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COMPROBANTES PARA PAGOS AL EXTERIOR (17)
Buenas tardes extimados, me gustaria saber que segun la nueva norma 05-2019 establece :
comprobates para pago al exterior (17)
Estos serán emitidos al momento de efectuar pagos de rentas
gravadas de fuente dominicana a Personas Físicas o Jurídicas
que no son residentes en el país. En este caso se debe retener
el porcentaje correspondiente al Impuesto Sobre la Renta,
según lo establecido en los artículos 297 y 305 del Código
Tributario.
Este tipo de comprobantes deberá ser reportado en el Formato
de Compras de Bienes y Servicios (606). La retención se
enviará a través del Formato de Pagos al Exterior (609) y será
pagada a través de la Declaración Otras Retenciones y
Retribuciones Complementarias (IR-17).
Me gustaria saber si el 606 esta adecuado para aceptar pasaporte, pues en la casilla 2 (tipo de ID) solo esta 1 para cedula y 2 para RNC.
En espera de sus amables atenciones.
Saludos cordiales.
comprobates para pago al exterior (17)
Estos serán emitidos al momento de efectuar pagos de rentas
gravadas de fuente dominicana a Personas Físicas o Jurídicas
que no son residentes en el país. En este caso se debe retener
el porcentaje correspondiente al Impuesto Sobre la Renta,
según lo establecido en los artículos 297 y 305 del Código
Tributario.
Este tipo de comprobantes deberá ser reportado en el Formato
de Compras de Bienes y Servicios (606). La retención se
enviará a través del Formato de Pagos al Exterior (609) y será
pagada a través de la Declaración Otras Retenciones y
Retribuciones Complementarias (IR-17).
Me gustaria saber si el 606 esta adecuado para aceptar pasaporte, pues en la casilla 2 (tipo de ID) solo esta 1 para cedula y 2 para RNC.
En espera de sus amables atenciones.
Saludos cordiales.
Pregunta
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hace 2 años
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Respuestas
Solución oficial
yb
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hace 2 años
Para reportar el Comprobantes Fiscal Pagos al Exterior (17) debes colocar en la columna 1 tu número de RNC o cédula.
Para más detalles te exhortamos visitar en nuestro portal el siguiente enlace: https://dgii.gov.do/informacionTributaria/publicaciones/manualesTributarios/Documents/Guia-Comproban...
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Solución oficial
yb
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53.3K Puntos
hace 2 años
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gregory_guzman
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hace 2 años
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hace 2 años
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hace 2 años
Saludos cordiales.
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