2 Mensajes
COMPRA DE BIENES AL EXTERIOR
Buenas tardes, las compras de bienes al exterior aun continuan exentas de la retencion del 27%? Favor de compartir la base legal que lo sustente.
Saludos cordiales
2 Mensajes
Buenas tardes, las compras de bienes al exterior aun continuan exentas de la retencion del 27%? Favor de compartir la base legal que lo sustente.
Saludos cordiales
Solución oficial
Comunidad de Ayuda DGII
8.7K Mensajes
hace 2 meses
Buenas tardes Ruddy. Gracias por contactarnos.
Sí, esta retención solo aplica a los pagos por concepto de prestación de servicios.
Base legal: Ley 11-92, Art. 305 (modificado por el Art. 5 de la Ley 253-12); Ley 11-92 Art. 297, Párrafo II (modificado por el Art. 11 de la Ley 253-12).
La compra de bienes realizada en el exterior debe ser reportada de la siguiente manera:
Importante:
Cuando los bienes son importados vía un courier y la declaración aduanal es realizada a nombre del contribuyente, es decir, el courier solo fungió como agente aduanal, el ITBIS pagado en la importación se debe reportar en el IT-1.
Cuando una Persona Física hace uso de la exención contributiva, no puede deducir de la renta bruta de sus actividades de negocios, los gastos comprobados necesarios para obtener, mantener y conservar la renta gravada.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle.
0
ruddy3r
2 Mensajes
hace 2 meses
Muchas gracias
1
0