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Buenos días. Si una empresa jurídica le presta el servicio a otra jurídica de alquiler de un equipo incluyendo el envío del transporte sin el ITBIS y su actividad económica es Rep. de piezas de veh. de motor
Buenos días. Si una empresa jurídica le presta el servicio a otra jurídica de alquiler de un equipo incluyendo el envío del transporte sin el ITBIS y su actividad económica es Rep. de piezas de veh. de motor, que se procede hacer si el suplidor no quiere corregir la factura y aplicar lo que dice la norma y reglamentos. Gracias sus atenciones.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda DGII
8.4K Mensajes
hace 7 meses
Buenos días Karen. Gracias por escribirnos.
En el servicio de alquiler de bienes muebles entre Personas Jurídicas aplica la retención del 30% del ITBIS facturado.
Los contribuyentes y los responsables deben cumplir con las obligaciones tributarias y los deberes formales establecidos por las leyes tributarias y normas especiales, emitidas por la Administración Tributaria (Art. 7, Código Tributario).
Importante:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle, Karen.
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karen_mata
23 Mensajes
hace 7 meses
Gracias por sus atenciones. Por favor en orientarnos en la parte cuando el servicios incluye el transportes del equipo?
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