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mar., 23 de feb. de 2021 12:48
Cerrado
B17 o B13
Caso real:
Soy Dealer y me dedico a la Importacion de vehiculos usados, comprados en Subasta en los Estados Unidos.
El Dealer esta en orden con la DGII y todos sus asuntos ok.
La inquietud es la siguiente:
1- Recibo una factura por el total de la compra del vehiculo y su flete de transporte en dolares. Ejemplo USD5,000.
2- Cuando el vehiculo llega a RD, se hacen una serie de Gastos que forman parte de su Costo. Ejemplo Pago por Servicio del Aduanero, Pago de parqueo, pago de la Grua que lo trasnporta, etc.
Como debo registrar el gasto, en un comprobante tipo B17 o tipo B13?
gracias
Pregunta
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Actualizado
hace 8 días
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Respuestas
Solución oficial
Comunidad de Ayuda DGII
2.9K Mensajes
hace 8 días
Buenos días, Richard. Gracias por escribirnos.
Le informamos que para la compra de bienes realizada en el exterior debe ser reportada de la siguiente manera:
•En el IT-1: el valor del ITBIS pagado en la importación (no aplica cuando la mercancía es importada vía un courier).
•En el ISR (IR-1/ IR-2): debe reportar el gasto incurrido por la adquisición de los bienes importados (el soporte del gasto es la declaración de aduanas).
•En el Formato 606: el gasto por el servicio de transporte y desaduanización de la mercancía (aplica cuando la mercancía es importada vía un courier).
Consideraciones Importantes:
Cuando los bienes son importados vía un courier y la declaración aduanal es realizada a nombre del contribuyente, es decir, el courier solo fungió como agente aduanal, el ITBIS pagado en la importación se debe reportar en el IT-1.
Cuando una Persona Física hace uso de la exención contributiva, no puede deducir de la renta bruta de sus actividades de negocios, los gastos comprobados necesarios para obtener, mantener y conservar la renta gravada.
Las consultas referentes al reporte de bienes intangibles (como softwares o licencias informáticas) adquiridos en el exterior, deben ser canalizadas mediante una Consulta Técnica.
Disculpe los inconvenientes.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle, Richard.
(Editado)
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devorah_velazquez
2.1K Mensajes
hace 8 días
Tú estás exportando un vehículo que pasa por aduana. Tu registras tu factura de exterior normal como una importación y con la liquidación de aduanas los demás gastos que confirman parte del costo del vehiculo. Aduana te tiene un registro de las importaciones la cual hala la DGII .
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