NV

jueves, 21 de julio de 2022 13:03

Cerrado

Aplicacion de la norma 205

Quisiera saber que debo retener para un pago por concepto de alquiler de un local comercial de una compañía la cual su actividad principal no es alquilar inmuebles, la pregunta en cuestión básicamente es si es correcto descontar el 30% del 18%

This conversation is no longer open for comments or replies and is no longer visible to community members.

Solución oficial

Buenos días Noemi. Gracias por contactarnos.

 

Si usted es también Persona Jurídica, le informamos que, en la prestación del servicio de alquiler de bienes inmuebles entre Personas Jurídicas no aplica retención del ISR ni de ITBIS.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.

 

@Comunidad de Ayuda DGII​ Y si es a una institución del estado que le están prestando el servicio ¿solo aplicaría la retención del ISR?

Buenos días Lisanny. Gracias por contactarnos.

 

Para recibir asistencia sobre su consulta, debe realizar una nueva interacción. En ese sentido, debe seguir los siguientes pasos:

 

    1. Accede a la Comunidad de Ayuda.
    2. Seleccione la opción “Nueva conversación”.
    3. Digite el título y le da a “siguiente”.
    4. Podrá verificar las consultas similares, en caso de que desee continuar con la creación de la nueva debe pulsar la opción “mensaje con este título”.
    5. Seleccione el tipo de conversación, según corresponda.
    6. Digite la descripción del mensaje.
    7. Escoge un sentimiento y las categorías relacionadas.
    8. Finalmente seleccione la opción “Publicar”.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.

hace 1 año

Siempre que sea un servicio de alquiler entre empresas se debe retener el 30% del itbis